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#1 |
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Junior Member
Newbie
Fecha de Ingreso: Dec 2006
Edad: 40
Mensajes: 48
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Hola Amigos.
Consulta. Estoy a la compra de un Unimog del Ejercito (416)... Una vez comprado odviamente me traere una Factura desde el Regimiento (compra directa)... Como siguo el tramite?? Debo inscribirlo como vehiculo nuevo?? Lei en algunos post la problematica de inscribirlo para manejarlo con Clase B... Que puedo hacer con esto?? En lo personal, creo que inscribirlo como cambion me da las ventajas de la revicion menos severa pero licencia A, como camioneta la revicion es mas complicada pero licencia B.... Que sera lo mejor?? De antemano, Muchas gracias. |
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#2 | |
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Senior Member
Top 1000
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Cita:
Inscribelo como maquinania agricola Saludos |
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#3 |
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Junior Member
Newbie
Fecha de Ingreso: Jun 2007
Ubicación: osorno
Mensajes: 46
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[quote=DulaX;526512]Hola Amigos.
Consulta. Estoy a la compra de un Unimog del Ejercito (416)... Una vez comprado odviamente me traere una Factura desde el Regimiento (compra directa)... Como siguo el tramite?? Debo inscribirlo como vehiculo nuevo?? Lei en algunos post la problematica de inscribirlo para manejarlo con Clase B... Que puedo hacer con esto?? Que sera lo mejor?? Hola se debieran inscribir como tractor agricola, por lo menos aca lo hicieron asi y lo manejas con clase D . Busca el catalogo y veras que aparece como tractor Unimog y no debieran colocar ningun problema. ] |
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#4 |
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Junior Member
Newbie
Fecha de Ingreso: Dec 2006
Edad: 40
Mensajes: 48
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Bueno es justamente eso lo que queria evitar, ya que como agricola no puedo transitar en algunas partes... ahora lei en alguna parte que se podian incribir como motorhome y ahi manejar con B siendo camion...
que ahi de verdad en eso? cuales serian lso requisitos? PD: Ahora voy a verlos y traerme uno... |
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#5 |
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Senior Member
Top 1000
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La clase licencia clase B te autoriza para conducir vehiculos con un peso bruto vehicular de hasta 3500 KG
No es cosa de inscribir el vehiculo como uno quiera, pero en el caso del Unimog puede ser como camion, vehiculo agricola Saludos |
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#6 |
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Junior Member
Newbie
Fecha de Ingreso: Dec 2006
Edad: 40
Mensajes: 48
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Ok.. el unimog tiene un peso de 2000kg. Por lo que se entiende que estaria dentro de la clase b.. pero en sierto foro se decia que la nueva ley dice que los camiones son con A4 creo...
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#7 | |
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Senior Member
Top 1000
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Cita:
Peso bruto vehicular es el peso del vehiculo combinado con su capacidad de carga. Saludos |
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#8 |
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Member
Top 500
Fecha de Ingreso: Aug 2006
Ubicación: Viña del Mar
Edad: 53
Mensajes: 964
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Aquí están los tipos y clases de licencias de conducir, el texto completo de la ley de tránsito actualizada en el link http://www.bcn.cl/leyes/pdf/actualizado/29708.pdf
Articulo 12.- Existirán licencias de conductor profesionales, Clase A; no profesionales, Clase B y C; y especiales, Clase D, E y F. CLASE A LICENCIA PROFESIONAL Habilita para conducir vehículos de transporte de pasajeros, vehículos de carga, ambulancias y carrobombas, pudiendo ser de las siguientes Clases: - Para el transporte de personas: Clase A-1: Para conducir taxis. Clase A-2: Para conducir indistintamente taxis, ambulancias o vehículos motorizados de transporte público y privado de personas con capacidad de diez a diecisiete asientos, excluido el conductor. Clase A-3: Para conducir indistintamente taxis, vehículos de transporte remunerado de escolares, ambulancias o vehículos motorizados de transporte público y privado de personas sin limitación de capacidad de asientos. - Para el transporte de carga: Clase A-4: Para conducir vehículos simples destinados al transporte de carga cuyo Peso Bruto Vehicular sea superior a 3.500 kilogramos. Clase A-5: Para conducir todo tipo de vehículos motorizados, simples o articulados, destinados al transporte de carga cuyo Peso Bruto Vehicular sea superior a 3.500 kilogramos. CLASE B Y C - LICENCIA NO PROFESIONAL Clase B: Para conducir vehículos motorizados de tres o más ruedas para el transporte particular de personas, con capacidad de hasta nueve asientos, excluido el del conductor, o de carga cuyo peso bruto vehicular sea de hasta 3.500 kilogramos, tales como automóviles, motocoupés, camionetas, furgones y furgonetas. Estos vehículos sólo podrán arrastrar un remolque cuyo peso no sea superior a la tara de la unidad motriz y siempre que el peso combinado no exceda de 3.500 kilos. Clase C: Para conducir vehículos motorizados de dos o tres ruedas, con motor fijo o agregado, como motocicletas, motonetas, bicimotos y otros similares. CLASE D, E Y F - LICENCIA ESPECIAL Clase D: Para conducir maquinarias automotrices como tractores, sembradoras, cosechadoras, bulldozer, palas mecánicas, palas cargadoras, aplanadoras, grúas, motoniveladoras, retroexcavadoras, traíllas y otras similares. Clase E: Para conducir vehículos a tracción animal, como carretelas, coches, carrozas y otros similares. Clase F: Para conducir vehículos motorizados de las Fuerzas Armadas, Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones de Chile, de Gendarmería de Chile y Bomberos de Chile. El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones establecerá, mediante Reglamento, los cursos, exigencias y requisitos especiales que deberá exigir la Academia Nacional de Bomberos a sus postulantes, para otorgarles el certificado que los habilite para solicitar la licencia de conductor clase F. Los conductores que posean Licencia Profesional estarán habilitados para guiar vehículos cuya conducción requiera Licencia de la Clase B. Para conducir vehículos distintos de los que habilita la clase de licencia obtenida, será preciso someterse a los exámenes correspondientes para obtener una nueva licencia, la que reemplazará a la anterior e indicará las clases que comprende. Para efecto de esta ley, la capacidad de asientos y el peso bruto vehicular, serán los definidos por el fabricante para el respectivo modelo de vehículo. Tratándose de vehículos que presten servicios de transporte remunerado de escolares, la capacidad de asientos será aquella que resulte de aplicar el reglamento de transporte remunerado de escolares, establecido mediante Decreto Supremo del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. saludos |
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#9 |
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Senior Member
Top 1000
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Encontre en esta pagina
http://classicunimogs.com/specs_unimog_416.html Que el peso bruto vehicular del Unimog 416 U1110 es de 6500Kg, esta es la versión alemana Aqui esta la version argentina que es probablemente la que tu tienes http://aaunimog.com.ar Define el peso bruto vehicular en 5800Kg Estarias fuera de la clase B en ambos casos Saludos |
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#10 |
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Junior Member
Newbie
Fecha de Ingreso: Dec 2006
Edad: 40
Mensajes: 48
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estamos claros....
pero que sucede en el caso que el unimog no se usara para cargar? si no como base para colocar un jeep o motorhome? lei en algun post que alguien dijo que como motorhome queda clase b.. que sucede con eso? saludo |
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