Habria que ver la K30 si se enmarca en los vehiculos medianos :
VISTO: lo dispuesto en el artículo 56 de la ley Nº 18.290; en el artículo 3º de la ley Nº 18.696; y lo prescrito en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile,
D E C R E T O :
Artículo 1º.- Para los fines del pre-sente decreto, las frases que se indican a continuación, tendrán el significado que en cada caso se indica:
a) Norma de emisión: valores máximos de gases y partícu-las, que un motor o vehículo puede emitir bajo condiciones normalizadas, a través del tubo de escape o por evaporación.
b) Vehículo motorizado mediano: vehícu-lo motorizado des-tina-do al transporte de personas o carga, por calles y caminos, y que
tiene un peso bruto vehicular igual o superior a 2.700 e inferior a 3.860 kilogramos. Los vehículos motorizados medianos se clasifican en dos tipos: vehículos motorizados medianos tipo 1 y vehículos motorizados medianos tipo 2.
c) Vehículo motorizado mediano tipo 1: vehícu-lo motorizado mediano que tiene un peso neto de marcha inferior a 1.700 kilogramos.
d) Vehículo motorizado mediano tipo 2: vehícu-lo motorizado mediano que tiene un peso neto de marcha igual o superior a 1.700 kilogramos.
Aca estanb los vehuiculos pesados entre ellos las camionetas C/K y las F350 entre otras y como se clasifican (Camionetas o camiones), para ver que puede hacerse en tu caso :
http://www.mtt.cl/VARIOSWEB/3CV/cvehpes.htm
Revista el documento "vehiculos Pesados Certificados"