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19-02-2014, 09:50:48 | #11 |
Senior Member
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Fecha de Ingreso: Aug 2007
Ubicación: mantagua, viña del mar
Edad: 35
Mensajes: 1.302
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Re: apropiación indebida....
a mi viejo le paso algo similar vendiendo una l200... fue un domingo y quedaorn de el lunes ir a la notaria....
cuento corto el tipo no podia ir, despues siempre peros, que podia un dia despues que no, despues que se le habia perdido el numero de mi viejo, y asi empezaron a llegar multas de tag... finalmente despues de peleas telefonicas se le dijo al tipo que se iba a dar orden de robo a la camioneta si no se hacia la transferencia.. y a los pocos dias se hizo, pero el tipo se la habia vendido a otra persona... a esa tercera persona se le explicó por parte de mi viejo que la camioneta estaba con multas de tag que para el permiso de circulacion no la ibana dejar sacarlo etc, pero la quiso comprar igual.... por lo menos ya la camioneta no esta a nombre de mi viejo (principal problema en caso de que se atropelle a alguien o cualquier accidente etc) pero hasta el dia de hoy siguen llegando sentencias y avisos de las multas de tag que generó en esos dias.... ojalá se pueda solucionar... consejo.. no pasen el auto hasta que se realice una transferencia.... sin transferencia no hay auto |
19-02-2014, 15:13:45 | #12 | |
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Re: apropiación indebida....
Cita:
En fin, por lo que pude averiguar, ese jeep despues de pasar por varios dueños desde el que te lo compro a ti (aprox 4), nadie tenía la transferencia, le comunique al nuevo comprador del jeep que tu tienes aquel poder que me mandaste por wsp, para poder llegar a algún acuerdo y asi se hagan los papeles como correspondía hacerlos desde un principio. En fin, yo solo voy a tratar de ayudar a que puedas solucionar tu problema, lo que si encuentro injusto es que me llames a mi exijiendome el pago de lo que te adeudan, siendo que ni yo te conosco y jamas he echo negocios contigo. Bueno, ojala el nuevo comprador ya se haya puesto en contacto contigo para solucionar el problema.estamos en contacto saludos
__________________
Trx420 FM 2018 Suzuki SJ413 1989 americano |
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19-02-2014, 17:28:21 | #13 |
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Re: apropiación indebida....
"Aer"para intentar aportar un poco, tratare de ser lo mas didactico posible sin entrar en cosas tecnicas propias de la materia en discusion, las obligaciones (deuda) que puedan derivarse de un contrato entre particulares aun siendo este verbal como el caso descrito pueden solamente ser cobradas a las partes intervinientes, la deuda, independiente si se trata de poco o mucho dinero es entre las personas y NO "siguen" al vehiculo , cosa que si sucede cuando el vehiculo se encuentra en Prenda, por lo tanto el monto de dinero o especies que se adeudan a Sergio solamente las puede intentar cobrar a quien vendio el jeep, a su vez quien es el verdadero afectado es quien otorgo el poder a Sergio para efectuar la venta , pues, es el,el UNiCO PROPiETARIO en terminos estrictos, es importante recalcar que al extender un poder notarial ,simple , o bien por escritura publica lo que hace quien lo suscribe es otorgar un Mandato a la persona individualizada en el papel para que "ACTUE a nombre y en representacion de el" con el consiguiente efecto de que los actos que el suscriba seran como que si la misma persona Mandante los hubiese efectuado.
Pd: perdon a los civilistas y a los profesores de castellano, pero estoy desde untelefono movil. |
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