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General Temas no técnicos, Saludos y Sugerencias referentes a 4x4 y Offroad. |
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28-07-2005, 05:00:05 | #11 |
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4x4 de Iquique
Viejo, legalmente no hay forma de sacar un vehiculo desde zona franca, aunque tu intencion sea pagar todos y cada uno de los impuestos, la respuesta que te va a dar la Aduana es sencillamente "NO".
Para el Caso de los empleadosa publicos, cuando han residido en zona franca a lo menos dos anos, puede acogerse a la franquicia Art 35 de la Ley 13.039. Aqui esta el texo : "Artículo 35 Ley N° 13.039 1) Beneficiarios de la franquicia: a) Los residentes con único domicilio y una permanencia mínima de cinco años en zona franca de extensión. b) Los empleados fiscales, semifiscales, semifiscales de administración autónoma y de empresas autónomas del Estado que para estos efectos se les denominará "FUNCIONARIOS DEL ESTADO" con permanencia mínima de dos años en las mismas zonas. c) Los funcionarios del Estado con menos de dos años de permanencia en las mismas zonas que, por resolución superior y con cargo a fondos presupuestarios, deban trasladarse obligatoriamente antes de dicho plazo. d) El personal de la Defensa Nacional, y los civiles, científicos y técnicos, cualquiera que sea su estatuto jurídico, que sirvan en las bases antárticas o realicen investigaciones en dichas bases en áreas de conocimiento de interés nacional, por un lapso no inferior a diez meses. e) El cónyuge sobreviviente, los hijos legítimos y naturales, los ascendientes legítimos o los colaterales hasta el segundo grado, en el mismo orden de precedencia, en caso de fallecimiento de la persona que hubiere tenido derecho a la franquicia. 2) Mercancías que pueden importarse al amparo de la franquicia: Las personas mencionadas pueden importar al resto del país: a. Menaje usado y herramientas de mano de su propiedad y que estén manifiestamente destinados, por su especie o cantidad, a satisfacer las necesidades habituales del beneficiario y de su familia. b. Instrumentos, máquinas o aparatos usados que normalmente se requieran para el ejercicio de su profesión u oficio. c. Un vehículo motorizado, usado, de su propiedad. Los funcionarios del Estado, con menos de dos años de permanencia en las mismas zonas que, por resolución superior y con cargo a fondos presupuestarios, deban trasladarse obligatoriamente antes de dicho plazo. Sólo podrán importar al resto del país las mercancías que compongan su menaje usado y herramientas de mano, y cuando proceda instrumentos, máquinas y aparatos usados. El personal de la Defensa Nacional, y los civiles, científicos y técnicos, cualquiera que sea su estatuto jurídico, que sirvan en las bases antárticas, podrán internar menaje usado y herramientas de mano de su propiedad. Además, en caso que las referidas personas tengan la calidad de profesionales o técnicos podrán internar instrumentos, máquinas o aparatos usados que normalmente requieran para el ejercicio de su profesión u oficio. Asimismo, podrán internar un vehículo motorizado. Franquicias: El Menaje usado y herramientas de mano, además de los instrumentos, máquinas o aparatos usados que normalmente se requieran para el ejercicio de la profesión u oficio del beneficiario de la franquicia, estarán exentas del pago de derecho ad valorem. El vehículo motorizado, usado, de propiedad del beneficiario de la franquicia, pagará a Aduanas el derechos ad valorem y los impuestos vigentes al momento de su importación al resto del país, sirviendo de abono las sumas que se hubieren pagado por concepto de derechos e impuestos al importarse el vehículo a la zona franca de extensión. En ambos casos, las mercancías importadas bajo esta franquicia, se encuentran exentas del pago de IVA, conforme al numeral 7 de la letra B del artículo 12 del DL Nº 825, de 1974. Los derechos e impuestos así determinados, sufrirán una rebaja de acuerdo a la siguiente pauta: • Modelo correspondiente al año o uno anterior al de la fecha del traslado del residente, sin porcentaje de rebaja. • Modelo de dos años anteriores al de la fecha de dicho traslado: 25% y • Modelo de tres años o más anteriores al de la fecha de dicho traslado: 50% Sin perjuicio de la rebaja, el beneficiario de la franquicia tendrá también derecho a una rebaja adicional de un 10% por cada año de permanencia en la zona franca o zona franca de extensión; para estos efectos se considerará como año completo toda fracción superior a seis meses. Para el personal de las Fuerzas Armadas, Carabineros e Investigaciones la rebaja adicional por cada año o fracción superior a seis meses será de un 20%, no pudiendo exceder de un 40%. En todo caso la rebaja total, computada las rebajas señaladas anteriormente, no podrá exceder de un 50% para los modelos correspondientes al año o uno anterior al de la fecha de traslado; de 75% para los modelos de dos años anteriores al de la fecha de traslado y del 90% para los modelos de tres años o más al de la fecha de traslado. Los vehículos para el transporte de personas y de mercancías, internados por el personal que hubieren prestado servicios en las bases antárticas, están exentos del pago de derechos aduaneros e impuestos que se perciban por intermedio de Aduanas". Para todas las demas personas el tiempo minimo de residencia es de cinco anos, y durante los cuales debes haber percibido renta. Respecto la comprea de derechos, no es lo mas recomendable, en primer lugar la persona a la cual le compras los derechos debe ser de tu total confianza, mira que si te quieren cagar no les cuesta nada, puesto que el vehiculo sale a nombre de la otra persona. en todo caso si lo haces, el tramite posterior obliga al dueno del vehiculo a solicitar por intermedio de una carta formal a la direccion nacional de aduanas la libre disponibilidad sobre el bien (vehiculo) y pagar todos lo impuestos a que el bien este afecto en ese momento. Eso, si quieres hacer tramites de traspaso y todo eso antes de dos anos. Si puedes esperar dos anos, lo que no creo, el vehiculo se libera solo, pero debes tramitar en el registro nacional de vehiculos motorizados la modificacion de los antecedentes del cacharro, porque en el padron y certificado de anotaciones vigentes dice que el vehiculo esta restringido a Zona Franca. Como ultima recomendacion entra a esta direccion en la pagina web del servicio nacional de aduanas: http://www.aduana.cl/p4_principal/an...113170041.html Saludos y suerte |
28-07-2005, 05:06:37 | #12 |
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4x4 de Iquique
Viejo, entra a esta pagina y leete el texto, te va a quedar clarito que legalmente no puedes sacar un vehiculo de Zona Franca. Ahora, chanchullos .......siempre hay.
http://www.aduana.cl/p4_principal/an...113170041.html Saludos y suerte |
28-07-2005, 09:38:45 | #13 |
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si la persona se traslada como dije antes, si se puede
repuestos puede comprar cualquier visitante a la zona franca, solo deben pagar el iva , ej motores, cajas,lo que sea con factura o boleta, no se cuanto es el maximo en dolares y en el post anterior, efectivamente para los empleados ya sea publicos o privados son 5 años, FFAA carabineros, investigaciones, 2 años de residencia. |
28-07-2005, 10:09:45 | #14 |
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amigos me queda super claro, solo 1 punto a destacar, el cual nombro nuestro amigo....
respecto al parrafo de la ley, en el punto : ""beneficiarios de la ley" "" e) El cónyuge sobreviviente, los hijos legítimos y naturales, los ascendientes legítimos o los colaterales hasta el segundo grado, en el mismo orden de precedencia, en caso de fallecimiento de la persona que hubiere tenido derecho a la franquicia. "". El hermano de mi madre residia en iquique hace 10 años....nunca libero nada, por lo tanto tenia le paso, pero lamentablemnete fallecio hace 3 meses atras...... su cupo quedo intacto... segun el punto antes descrito,yo por ser consanginio en segundo grado (hijo de la hermana)... tengo la franquisia de traer un vehiculo??. Me encantaron los nissan mistral que vi, estaban la raja... gracias.. |
28-07-2005, 13:12:41 | #15 |
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LO que sé respecto al tema es lo sgte:
* Las personas, empleados particulares deben residir a lo menos 5 años en la zona ( 1 ó 12 también) y de acuerdo a su nivel de ingresos limita el vehículo que puedan liberar. * Los empleados fiscales, principalmente de las fuerzas Armadas son 2 años de residencia. * Además optan este derecho son los herederos directos del difunto (según ptos. anteriores) pero ahí ya se transforma en un cacho leguleyo de proporciones ya que la viuda en este caso es la principal beneficiada, de ahí los hijos, etc, etc...... Por último la opción más utilizada por el común de los mortales es comprar los derechos lo cual desde mi pto. de vista no es recomendable ya que el vehículo podrás transferirlo a tu nombre sólo desúés de dos años de liberado y además de realizar una serie de trámites por el propietario legal (nombre del padrón). E incluso así conozco casos de gente que le han requisado el vehículo. Saludos JZM |
28-07-2005, 17:47:01 | #16 |
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por experiencia propia, es un full cacho....(no te lo recomiendo)
Mejor comprar algo aqui de una...sin ataos :wink: y al final lo que te ahorras en plata, no es tanto. (yo perdi plata) y el tiempo de espera en que salgan todos los papeles, uff....(un año camioneta parada, sin poder usarla) :? |
28-07-2005, 19:34:51 | #17 | |
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Cita:
US 1.000 por persona es lo que puedes sacar por lo que se saludos.- |
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29-07-2005, 03:08:09 | #18 |
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4x4 de Iquique
Recomendacion:
Segun la situacion que describes respecto el fallecimiento de tu Tio, lo mas sensato es que te comuniques con alguien en la aduana y abiertamente le preguntes respecto el punto de la consanguineidad. Te recomiendo que llames a la aduana de Valpo, y trates de hablar con alguien en el Depto de Franquicias. Te van a dejar mas que claro, si puedes o no hacer uso de esa situacion. Saludos |
26-01-2009, 22:40:02 | #19 |
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Re: como traer un 4x4 desde iquique.. (liberarlo)
debido al cierre de importacion de autos usados por bolivia. se estan estancando alrededor de 25.000 autos por mes.
por lo que me entere . le estan pidiendo al gobierno la modificacion de la ley para poder usar esos autos en todo el pais y que cualquier cudadano comun y corriente pueda adquirirlos. no creo que tan asi , pero le van a poner menos trabas para poder comprarlos. por otra parte los importadores de autos nuevos. no los hizo reir ni chaplin ya que las ventas de autos 0km se fueron en picada el pasado año. imaginense si se modifica la ley de usados, andariamos todos en pajeros igual que en iquique . por solo 1.5 m .salu2 |
23-06-2010, 18:08:42 | #20 | |
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Re: como traer un 4x4 desde iquique.. (liberarlo)
Si se puede, y hay algunas maneras de poder sacar vehículos.
1.- Que a lo menos vivas mímimo de 5 años en la región y demostrando que te vas de la ciudad, puedas liberar 1 vehículo. 2.- Si eres lisiado, tienes la opción de liberar 1 vehículo. Existe una ley de lisiado para este proposito. Y las más "fácil" es comprar un cupo algún compatriota que haya vivido en el extranjero. Hay personas que hacen estos trámites. Buscan a la persona que venda un cupo y hacen los trámites aduaneros. Te entregan doctos, llaves y doctos del auto a tu nombre. Cobran de acuerdo a monto que vendan el cupo para liberar. Pero puede oscilar desde los $800.000.- a $1.000.000.- Saludos. Cita:
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