Cita:
Empezado por RENTON
De que se puede se PUEDE, pero debes atenerte a las consecuencias, nada impide que cualquier persona vaya y compre un vehiculo sujeto a regimen de zona franca , tal y como tu dices para salir te otorgan un permiso que creo es por un maximo de 90 dias en total tiempo que una vez expirado debes regresar , de no hacerlo el organismo encargado envia orden de incautacion y donde se encuentre el vehiculo te lo quitaran mas el correspondiente denunico que lleva aparejado sanciones a tu persona, referente a ' compra" de cupo es una ficcion legal el cual tiene muchas restricciones como la que solamente podras conducir quien lo 'compre' el vehiculo, en la practica celebras un contrato de arriendo por el vehiculo que no tiene validez alguna y te entregas a la buena fe de quien hace las veces de vendedor para que una vez expirado el plazo que en la generalidad son 2 anos te trasfiera conforme a derecho la propiedad del vehiculo, en resumidas cuentas NO se puede hacer sin buscar resquicios legales y tener que estar al menos 2 anos mas que preocupado
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Está equivocado mi amigo, porque para poder sacar el pasavante (permiso para salir con el vehículo) debe acreditar que trabaja o reside en la 1ª ó xv región. En este documento se solicita adjunto una antiguedad laboral y además un certificado de residencia. Por otro lado el vehículo no puede ser conducido por otra persona que no sea el propietario ó la cónyuge.
Ahora bien, si vienes a Iquique y solamente compras lo que necesitas (caja, motor, yugos etc) te las puedes llevar siempre y cuando vallas con ellos (para hacer uso de tu franquicia) y siempre y cuando no exceda los 1218 usd.
Los artículos los tiene que portar él o la pasajera, llevándolos consigo y segundo que deben ser adecuados a su uso y necesidades propias. No se pueden llevar artículos para comercializar”.
http://www.aduana.cl/pasavantes-de-v...10/120327.html
Saludos.