Cita:
Empezado por MLOZANO
Listo, la ley dice justo eso:
"Los vehículos, cualquiera sea el año de fabricación anotado en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación y que de fábrica cuenten con vidrios de seguridad que cumplan con alguna de las normas de la Resolución 48/2000 citada y cuyo texto disponga la posibilidad de usar vidrios oscurecidos, podrán utilizar estos últimos siempre que se trate de vidrios distintos al parabrisas y de los vidrios de las puertas delanteras, cuando se trate de vehículos livianos y medianos, y de los de visión directa del conductor, en el caso de los vehículos pesados."
http://www.polarizados.cl/polarizados-la-ley.php
Saludos
Mariano
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Osea según la ley puedes tintear u oscurecer los vidrios traseros y además el del portalón trasero...
En mi pega es común que se mande a tintear los vidrios de los autos de los jefes, he sabido que en algunas PRT pasan sin problemas y en otras los hacen sacar absolutamente todas las láminas... en fin, la ley es una sola y teniéndola en la mano no debiera haber problema.
Slds y gracias por la info...