Cita:
Empezado por Gonzalo Castro
Segun yo se puede transitar, lo unico es que el vehiculo esta a nombre de otra persona, pero totalmente legal.
Slds y exito con la venta.
Gonzalo Castro.
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Modificaron la ley y ahora solo puede transitar en el vehiculo la persona que aparece en el padron, incluso no lo puede hacer ni el conyuge. Lo puede usar exclusivamente el dueño. Si te hacen parar los carabineros y te quieren **** te pueden hasta acusar de contrabando si no eres el dueño.
Saludos