Cita:
El Art. 4 de la ley de transito dice:
Que tienen 45 dias para informarte de tu infracción, si el parte te llega despues de los 45 dias, el juez no puede seguir con la causa y tiene que pedir que se archive el caso.
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Entiendo que son 6 meses para la notificación de infracciones de tránsito y esta norma especial de 45 días regiría solo para en las infracciones donde el medio de prueba sea electrónico. De acuerdo al blog JNovoa el tag caería dentro de los 45 días...
http://www.senador.cl/blog/jnovoa/?p=321
(ver N° 8-9 y 12)