Re: ¿ Estan prohibidos los vidrios Polarizados ????
Transcribo lo que sale en la ley de tránsito:
Artículo 79.- Los vehículos motorizados según tipo y clase estarán provistos, además, de los siguientes elementos:
1.- Vidrios de seguridad que permitan una perfecta
visibilidad desde y hacia el interior del vehículo.
Prohíbense los vidrios oscuros o polarizados, salvo
los que se contemplen en el Reglamento.
Prohíbese la colocación en ellos de cualquier objeto que impida la plena visual.
en la resolución N° 48/2000 de la Subsecretaría publicada en el Diario Oficial de fecha 29.09.2000, señala que se puede polarizar los vidrios a excepción del parabrisa y los dos laterales delanteros (el del chofer y copiloto) el resto no hay problema.
Última edición por Oscar Oettinger fecha: 29-12-2008 a las 19:17:32
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