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Empezado por CristianRamirez
mmmmmm... no estoy de acuerdo contigo, ya q una ves en un conflicto con carabineros en merino, hay un video y yo estaba presente, un carabinero en moto qeria cursar una infraccion a un tipo por no tener su placa patente delntera y resulto q la moto de el tpco andaba con ella, resulto q alguien q conocia la ley y cuando mencionan a los vehiculos fiscales esta dice q tb deben circular con su placa patente
SL2
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Ninguno de los que estaban incluyendo al Carabinero, tenia idea de la ley, el art 48 Nº4 de las Ley de Transito, exceptua de la patente unica a los vehiculos pertenecientes a las FF.AA y Carabineros, debidamente identificados y destinados exclusivamente a uso militar o policial, según el caso.
Es mas el Carabinero cometio el delito de INCUMPLIMIENTO DE DEBERES MILITARES art 299 Nº3 del Código de Justicia Militar, al no efectuar la denuncia de la infracción al tribunal