Hola a todos.
Se supone que por ley solo se deben cancelar los tres últimos, independiente de la municipalidad. Lo que sucede que aparentemente esto no se sabe (la ley es nueva), y las municipalidades se aprovechan.
El otro día, buscando info de lo mismo, encontré este link.
http://www.automovilistas.cl/seccion...=2&id_art=2426
http://www.automovilistas-chile.cl/f...topic_id=13518
Por lo que leí en un post de ese foro, hay que probar que el vehículo no circulo durante el tiempo que esta impago, y esto se hace con una declaración jurada de que el vehículo estuvo en un taller.
En el último post de este link se explica.
http://www.automovilistas.cl/forum/t...TOPIC_ID=22256
Espero que sirva de algo.
Saludos