Cita:
Empezado por Alesal
Yo por un carro las veces que no lo he usado me acojo al beneficio de la ley 18.440 (antes de Noviembre) voy a la Muni y digo que no circulo durante el año, se llena un papel y listo. Habria que preguntar si vale presentar una declaracion jurada.
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http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7054
IV De los impuestos Municipales:
" Artículo 16.- No podrá renovarse el permiso de
circulación de un vehículo mientras no se acredite el
pago total del impuesto del año anterior, salvo que el
interesado acredite que en ese período el vehículo
estuvo acogido a la norma del inciso final del artículo
anterior.
Tampoco será exigible el pago del impuesto respecto
de cualquier tipo de vehículos, si en uno o más años
completos ha estado fuera de circulación y ello se
acredita mediante declaración jurada simple que deberá
entregarse a la municipalidad respectiva, a más tardar
el 30 de noviembre del año a que corresponda pagar el
impuesto...."
Entiendo que para que esto sea efectivo, se debe acreditar anualmente antes de cada 30/11 que el vehículo ah estado fuera de circulación. Osea en este caso, serviría solo para evitar pagar el año 2013 ?..., o mas bien, como se necesita andar este año, no serviría de nada. ¿¿¿???.
Slds.