04-04-2013, 15:15:21
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#14
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Re: cambio de motor
[QUOTE=gritoracing;1240761]
Cita:
Empezado por luis el coyote
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Ojo una cosa es lo que te digan en la Dirección de Tránsito en una Municipalidad y otra muy diferente es lo que te solicitarán en el Registro Civil para realizar legalmente el cambio de ese asunto.
Saludos
en la página del registro civil sale claro todo el asunto
www.registrocivil.cl--->tramites---> vehículos motorizados--->rectificaciones--->alteraciones a las características del vehículo.
aplicando copy paste
"
El interesado podrá requerir en Oficinas del Servicio de Registro Civil e Identificación que se anoten en la Inscripción de un vehículo las alteraciones introducidas en sus características registradas, debiendo presentar los documentos originales que señalen los datos que fueron modificados, donde debe constar el propietario del vehículo y el código de la Placa Patente Única.
Con estos documentos se prepara una Solicitud de Anotación, indicando los datos que se modifican. Esta Solicitud estará afecta al pago de los derechos correspondientes a la anotación. A la Solicitud se acompañarán los siguientes documentos, según corresponda:
Cambio de color
Acompañar una Declaración Jurada simple del propietario del vehículo, señalando:
El nuevo color que éste tiene.
Los datos de su Placa Patente Única.
Los demás datos identificatorios que se mantienen.
A falta de esta Declaración Jurada simple, puede presentarse un Certificado de Revisión Técnica o un Certificado de Revisión Ocular Municipal, donde conste el nuevo color del vehículo.
Cambio de motor:
Se presentará:
Una factura u otro documento que acredite la adquisición del nuevo motor.
En su defecto, se podrá presentar una Declaración Jurada ante Notario del propietario, o de su representante legal, acerca del lugar y fecha de la adquisición del motor.
Deberá acompañarse, además, un Certificado de Revisión Técnica o un Certificado de Revisión Ocular Municipal, en el que se consigne el nuevo número de motor del vehículo.
Cambio de tipo de vehículo:
Se adjuntará: La factura o comprobante emitido por el taller o empresa que efectuó la transformación.
En su defecto, una Declaración Jurada ante Notario del propietario del vehículo, o de su representante legal, señalando las alteraciones realizadas.
Además, acompañará un Certificado de Revisión Técnica otorgado por una planta autorizada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, o un Certificado de Revisión Ocular Municipal.
Este último documento no es valido para los efectos de cambio de tipo de vehículos pesados (ejemplo de "bus" a "camión"). Por su parte, en el caso de aquellos vehículos de "uso especial" en conformidad al artículo 21 de la Ley 18.483 (Estatuto Automotriz), no es procedente la alteración del tipo de vehículo.
No son susceptibles de alterarse el modelo, la marca, el chasis, ni el año de fabricación de un vehículo.
Si la Inscripción contiene errores en estos datos, se podrán corregir por medio de una Rectificación administrativa."
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