Cita:
Empezado por Lino 4x4
Si hay contrato, el oficial del Registro Civil es ministro del fé, tal como el Notario.
Y se trata de como probar quien es propietario, efectivamente el dueño adquiere por el título-contrato y modo-entregándolo,llaves, etc. En esto, la inscripción en el registro es una buena medida medida de publicidad que casi siempre indica quien es el dueño, pero no en forma absoluta.
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Entonces, definitivamente solo quedaría el Certificado de Inscripción (Padrón) actualizado según el registro, para demostrar dominio, por que recordaba que la Declaración de transferencia trae fecha de vencimiento y solo dura 2 o 3 semanas. Y es todo lo que hay....