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-   -   Ley sobre Defensas en 4x4 v/s Carabineros (http://www.twistedandes.com/foro/showthread.php?t=2243)

rinox 25-04-2008 09:33:10

Re: Ley sobre Defensas en 4x4 v/s Carabineros
 
la ley al menos para mi en este caso es clarita
"Prohíbese cualquier modificación o agregación de estructuras metálicas adicionales al parachoques delantero de los automóviles, station wagons, camionetas, vehículos tipo "jeep" y furgones."

por lo que puedo entender que se prohibe cualquier modificacion al parachoques original o agregarle algo (estructura metalica, mascarilla por ejemplo) a el( original), no se prohibe el reemplazo del parachoques original ...

asi que ya se viene el cambio en la luv :twisted:

saludos!

JPVM 25-04-2008 15:00:19

Re: Ley sobre Defensas en 4x4 v/s Carabineros
 
Yo trataria de no hacer muchas olas y sacar a relucir el tema, mientras mas piola mejor (uno no sabe quien lee esto) ... lo ideal es conservar el bumper original y sacarlo para la revisión. Total un bumper bien hecho (envolvente) o un ARB o similar no va a cambiar el destino, los errores en los accidentes comienzan antes, con el :beer: y otros similares.

Nunca falta el aguev%$·$·$ao que pregunta en el ministerio o en la revision, "oye y este bumper pasa ?" , o "si tengo un levante de 6" paso?" o "mis neumaticos salen 5 cm por los lados, no me van a hacer nada?" ... y asi gatillan una fiscalizacion mayor y se acabo en Chile la lujuria que tenemos aun (vean el ITV en España, el TUV en Alemania, en USA cierots estados, etc donde te sacan de la calle si andas con algo no certificado).

Gonzalo Bravo 25-04-2008 15:06:22

Re: Ley sobre Defensas en 4x4 v/s Carabineros
 
Cita:

Empezado por mikum (Mensaje 550024)
uuum yo he visto una camioneta hiluxde carabineros con una defenza cromada de esas tipicas de camioneta q avarca todo el frontis ... no me acuerdo q si era reten o tenencia pero es la q esta arriba del cristo redentor
tengo fotos de esa camioneta por si alguien le interesa

saludos a todos

y suerte con sus defenzas:beer:

Los vehiclulos de Caabineros estas explicitamente excluidos en esta ley.-

CristianRamirez 25-04-2008 19:14:37

Re: Ley sobre Defensas en 4x4 v/s Carabineros
 
Cita:

Empezado por Gonzalo Bravo (Mensaje 550229)
Los vehiclulos de Caabineros estas explicitamente excluidos en esta ley.-

mmmmmm... no estoy de acuerdo contigo, ya q una ves en un conflicto con carabineros en merino, hay un video y yo estaba presente, un carabinero en moto qeria cursar una infraccion a un tipo por no tener su placa patente delntera y resulto q la moto de el tpco andaba con ella, resulto q alguien q conocia la ley y cuando mencionan a los vehiculos fiscales esta dice q tb deben circular con su placa patente

SL2

JPVM 25-04-2008 19:27:39

Re: Ley sobre Defensas en 4x4 v/s Carabineros
 
Cita:

Empezado por CristianRamirez (Mensaje 550332)
mmmmmm... no estoy de acuerdo contigo, ya q una ves en un conflicto con carabineros en merino, hay un video y yo estaba presente, un carabinero en moto qeria cursar una infraccion a un tipo por no tener su placa patente delntera y resulto q la moto de el tpco andaba con ella, resulto q alguien q conocia la ley y cuando mencionan a los vehiculos fiscales esta dice q tb deben circular con su placa patente

SL2

Alo ? :-? , estamos hablando de la ley y su alcance a los parachoques delanteros , no del conocimento puntual de 1 carabinero de otra ley o de su IQ ... aqui va de nuevo para los flojos en leer ....

ESTABLECE CONDICIONES RELATIVAS AL PARACHOQUES DELANTERO DE VEHICULOS QUE INDICA
(Publicado en el Diario Oficial de 6 de julio de 1995)
Núm. 43.- Santiago, 12 de junio de 1995.

VISTO: lo dispuesto en los artículos 56 y 79 Nº 5 de la ley 18.290, de Tránsito;

CONSIDERANDO:

a) Que es necesario cautelar que el parachoques delantero de los automóviles, station wagons, camionetas, vehículos tipo "jeep" y furgones, además de proteger la carrocería del vehículo en impactos a baja velocidad, no se constituya en un elemento adicional de riesgo para la integridad de otros vehículos y sus ocupantes así como para la seguridad de los peatones, víctimas estos últimos del 49% de los accidentes con consecuencias fatales;
b) Que las estructuras metálicas que se incorporan como defensas adicionales a la carrocería y parachoques, alteran en la práctica el diseño de fábrica de este último elemento, desmejorándose las condiciones de seguridad logradas con la combinación de un diseño geométrico, materiales y fijaciones adecuados;
c) Que las referidas estructuras metálicas, que normalmente presentan cantos vivos o superficies frontales reducidas, en el caso de accidentes concentran las fuerzas de impacto, multiplicándose en varias veces la presión local ejercida, en relación a la misma situación pero en ausencia de dichas estructuras;
d) Que el artículo 79 Nº 5, citado, establece que los vehículos, según tipo y clase, estarán provistos de parachoques delantero y trasero adecuados y proporcionados;

R E S U E L V O:

1º.- Prohíbese cualquier modificación o agregación de estructuras metálicas adicionales al parachoques delantero de los automóviles, station wagons, camionetas, vehículos tipo "jeep" y furgones.

2º.- En los vehículos motorizados, la instalación en la parte delantera de cualquier accesorio, tales como, barra de tiro, gancho, cabrestante eléctrico o toma fuerza, deberá ser efectuada de modo que ninguna parte del accesorio sobresalga de la cara frontal del parachoques en el punto considerado; asimismo, dichos accesorios no podrán sobresalir en más de un cincuenta por ciento de su altura por sobre el borde superior del parachoques. Se permitirá el desplazamiento del parachoques hacia adelante si ello fuese necesario para cumplir con las exigencias estipuladas.

3º.- Se exceptúan de las disposiciones anteriores los vehículos de Carabineros de Chile.

4º.- La presente resolución entrará en vigencia a los 30 días de su publicación en el Diario Oficial.

Anótese, tómese razón y publíquese. NARCISO IRURETA ABURTO, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.

CristianRamirez 25-04-2008 20:20:40

Re: Ley sobre Defensas en 4x4 v/s Carabineros
 
Im So Sorry , It's my fault

saggcl 25-04-2008 22:27:23

Re: Ley sobre Defensas en 4x4 v/s Carabineros
 
Cita:

Empezado por CristianRamirez (Mensaje 550332)
mmmmmm... no estoy de acuerdo contigo, ya q una ves en un conflicto con carabineros en merino, hay un video y yo estaba presente, un carabinero en moto qeria cursar una infraccion a un tipo por no tener su placa patente delntera y resulto q la moto de el tpco andaba con ella, resulto q alguien q conocia la ley y cuando mencionan a los vehiculos fiscales esta dice q tb deben circular con su placa patente

SL2

Ninguno de los que estaban incluyendo al Carabinero, tenia idea de la ley, el art 48 Nº4 de las Ley de Transito, exceptua de la patente unica a los vehiculos pertenecientes a las FF.AA y Carabineros, debidamente identificados y destinados exclusivamente a uso militar o policial, según el caso.

Es mas el Carabinero cometio el delito de INCUMPLIMIENTO DE DEBERES MILITARES art 299 Nº3 del Código de Justicia Militar, al no efectuar la denuncia de la infracción al tribunal

JPVM 26-04-2008 01:42:07

Re: Ley sobre Defensas en 4x4 v/s Carabineros
 
chuta Sergio , relájate hombre .... :lol::lol::lol::lol::lol::lol:

FOURWHEELROD 26-04-2008 04:48:31

Re: Ley sobre Defensas en 4x4 v/s Carabineros
 
llevo ocho años pasando la revision sin dramas con mi bumper, jamas me han hecho ningun alcance al respecto.

Espero que no me la rechasen:cry:, sino ni idea donde conseguir uno original

maurok113 12-12-2009 20:52:06

Re: Ley sobre Defensas en 4x4 v/s Carabineros
 
buuuuuuuuuuu osea que estoy re...k gao no encuentro el parachoques delanter de la nissan d-21z 24 por ningina parte y la unica opcion que me queda es agergarle un bumper
alguna solucion?????????'
saludosss


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