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Hahah sipos hakuna, pero la unica vez q carabineros me ha webiado por el parachoques fue en el verano pasado... y lo tenía original ! El carabinero me dijo: " ese parachoque es demasiado grande... voy a tener q cursarle una infracción "
Yo quede plop ! pero después me lo saqué porque le demostré que el paraachoques era original (le mostré el tipico manual de usuario), y por algo me habian dado el permiso de circulación y todos los papeles sin problemas! Menos mal.... ! Entonces por eso la pregunta.... si la normativa exije algun tamaño, o simplemente que no se aumente el original. |
humm, tonces muchos se estan guiando por el test del ojimetro, que si no les parece correcto no te pasan la rev o te pasan un parte?... humm, se que los parametros para pasar un jeep por la rev tec. son bastante basicos, pero creo que tiene que exisitir una plataforma por la cual guiarse más completa.. y no dejar a veredicto a simple vista..
podríamos implementar una ITV, asi se llama es españa si mal no estoy, aunqeu de ser así en 70% de los autos y el 90% de los 4x4 no la pasarían :D slds hakuna :D |
Claro ... por lo menos para dejar más claro el asunto... espero la respuesta de explorer67.
:lol: :lol: :lol: :lol: |
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Hummm ok explorer .... muchas gracias :!: Esperamos q onda con tus dudas... para q nos sigas aclarando a todos.
Saludos. |
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Por lo cual ni siquiera puedes modificar tu parachoques delantero, y menos poner una defensa metalica. Esa es la ley, lo que se fiscalize y acepte es otra cosa. |
AHORA SI :!: EL TEXTO ORIGINAL DICE:
1º.- Prohíbese cualquier modificación o agregación de estructuras metálicas adicionales al parachoques delantero de los automóviles, station wagons, camionetas, vehículos tipo "jeep" y furgones. 2º.- En los vehículos motorizados, la instalación en la parte delantera de cualquier accesorio, tales como, barra de tiro, gancho, cabrestante eléctrico o toma fuerza, deberá ser efectuada de modo que ninguna parte del accesorio sobresalga de la cara frontal del parachoques en el punto considerado; asimismo, dichos accesorios no podrán sobresalir en más de un cincuenta por ciento de su altura por sobre el borde superior del parachoques. Se permitirá el desplazamiento del parachoques hacia adelante si ello fuese necesario para cumplir con las exigencias estipuladas. :wink: |
Eso es buena memoria ehh :wink:
"Yo lo que recuerdo de la ley original es; "...prohibase toda modificacion o agregacion de estructuras metalicas a los parachoques delanteros de camionetas, jeeps y SW..." V/S "AHORA SI EL TEXTO ORIGINAL DICE: 1º.- Prohíbese cualquier modificación o agregación de estructuras metálicas adicionales al parachoques delantero de los automóviles, station wagons, camionetas, vehículos tipo "jeep" y furgones. " Sorry ehh |
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"1º.- Prohíbese cualquier modificación o agregación de estructuras metálicas adicionales al parachoques delantero de los automóviles, station wagons, camionetas, vehículos tipo "jeep" y furgones. "
oye....pero ahi se habla de modificacion o agregacion , pero si el parachoque es hecho nuevo de una pieza a gusto de uno, cae dentro de "modificacion" o es segun como se interprete. :?: salu2 Mario |
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